MCW misCalculadorasWeb
PUBLICIDAD
🏥 Laboral

Calculadora Baja por Enfermedad (IT) 2025

Calcula cuánto cobras en una incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral, día a día.

Base reguladora = salario bruto mensual ÷ 30.

Prestación total
Media diaria
Base reguladora/día
Días de baja
Desglose por tramos
⚠️ Los días 1-3 los paga la empresa solo si el convenio colectivo lo establece. Esta calculadora muestra la prestación de la SS. El importe es orientativo y bruto (antes de IRPF).

¿Para qué sirve esta calculadora?

La calculadora de baja por enfermedad estima cuánto cobrarás durante una incapacidad temporal (IT) por enfermedad común o accidente no laboral, y durante cuántos días. La prestación por IT tiene una estructura escalonada: los primeros 3 días no se cobra nada (salvo que el convenio mejore esto), del 4.º al 20.º día se cobra el 60 % de la base reguladora, y a partir del 21.º día se cobra el 75 %. La empresa paga del 4.º al 15.º día, y la Seguridad Social desde el 16.º. Esta calculadora muestra el impacto económico real de una baja y lo que cobrará el trabajador día a día.

¿Cómo se usa?

  1. Introduce la base de cotización mensual (la que aparece en tu nómina, columna "Base CC").
  2. Indica el número de días de baja esperado.
  3. Selecciona el tipo de baja (enfermedad común, accidente no laboral, accidente laboral o enfermedad profesional).
  4. Indica si tu convenio mejora la prestación (algunas empresas completan hasta el 100 % del salario).
  5. Pulsa Calcular para ver la prestación día a día y el total a recibir.

¿Qué significan los resultados?

Base reguladora diaria
La base de cotización del mes anterior dividida entre 30. Es la base sobre la que se aplican los porcentajes de prestación.
Prestación diaria por tramo
Lo que cobras cada día según el período: 0 % (días 1-3), 60 % (días 4-20) o 75 % (día 21 en adelante) de la base reguladora.
Total prestación bruta
La suma de todos los días de prestación. Sobre este importe se aplica la retención de IRPF habitual.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cobro durante una baja laboral larga (más de 6 meses)?

La prestación por incapacidad temporal se mantiene en el 75 % de la base reguladora desde el día 21 hasta un máximo de 365 días (prorrogable 180 días más si hay perspectivas de recuperación). A partir de los 545 días, la situación puede derivar en una incapacidad permanente. La base reguladora para enfermedades comunes es la cotización del mes anterior; para accidentes laborales incluye también las horas extra del año anterior.

¿Cobra igual un autónomo durante la baja?

Los autónomos tienen derecho a la prestación por incapacidad temporal desde el 4.º día de baja (día siguiente al de la baja médica), y desde el 1.º si la baja es por accidente de trabajo o enfermedad profesional. La cuantía es el 60 % de la base de cotización elegida los primeros 20 días, y el 75 % desde el día 21. Durante la baja, el autónomo queda exonerado de pagar la cuota a la SS. Un autónomo con tarifa plana o bases bajas de cotización recibirá prestaciones más reducidas.

¿Puedo ser despedido mientras estoy de baja?

Estar de baja no impide que la empresa te despida, pero la causa del despido no puede ser la propia baja (eso sería nulidad del despido). Un despido objetivo o por causas económicas puede ser válido incluso estando de baja. Durante la baja, si hay despido procedente, la indemnización se calcula igual que fuera de ella. En caso de despido improcedente, la empresa puede optar por la readmisión o el abono de 33 días por año trabajado. La situación de IT no paraliza el plazo para impugnar el despido en el SMAC.

Consejos relacionados

Si anticipas que una baja puede durar más de 15 días, informa a tu empresa cuanto antes para que organice la cobertura. A partir del 16.º día, la gestión de la prestación pasa al INSS o a la mutua, y tanto tú como la empresa tenéis que cumplir plazos de comunicación.

Guarda todos los partes de baja, alta y confirmación. Son documentos relevantes a efectos del registro de historial de cotización y de futuras solicitudes de prestaciones o pensión de incapacidad.

Si el convenio colectivo de tu empresa mejora la prestación de IT (muchos completan hasta el 100 % del salario), comprueba los requisitos: algunos exigen antigüedad mínima, otros solo aplican para bajas de más de ciertos días, y otros excluyen ciertos tipos de baja.