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🧮 Fiscal 2025

Calculadora de IVA 2025

Calcula al instante el precio con IVA, la base imponible o la cuota de IVA. Tipos general (21 %), reducido (10 %), superreducido (4 %) y recargo de equivalencia.

⚙️ Modo de cálculo

Introduce un importe válido.

📋 Referencia tipos IVA España 2025

21 %Tipo general: electrónica, ropa, vehículos, servicios, bebidas alcohólicas, cosméticos.
10 %Reducido: alimentos (no básicos), hostelería, transporte de viajeros, flores, entradas espectáculos, vivienda nueva.
4 %Superreducido: pan, harinas, leche, quesos, huevos, frutas, verduras, libros, periódicos, medicamentos.
0 %Exento: servicios médicos y sanitarios, educación, seguros, arrendamiento vivienda habitual, servicios financieros.
Base imponible
precio sin IVA
Cuota IVA
Total con IVA
precio final

Desglose detallado

Comparativa todos los tipos de IVA

Para una base de 100,00 €

Tipo IVA Cuota IVA Precio final Con recargo equiv.
ℹ️ Facturación: En una factura, la base imponible es el precio sin IVA. La cuota de IVA se añade por separado. El total es lo que paga el cliente. Si eres autónomo con recargo de equivalencia, el proveedor te repercute el recargo junto con el IVA y no presentas declaraciones de IVA.
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¿Para qué sirve esta calculadora?

La calculadora de IVA resuelve de forma instantánea los dos cálculos más habituales en la gestión fiscal española: añadir el IVA a un precio neto (base imponible) para obtener el precio con impuesto incluido, o extraer la base imponible de un precio que ya lleva el IVA incluido. Admite los tres tipos vigentes en España: el 21 % (tipo general, aplicable a la mayoría de bienes y servicios), el 10 % (tipo reducido para alimentos básicos elaborados, hostelería, transporte de viajeros o servicios de renovación de viviendas) y el 4 % (tipo superreducido para alimentos de primera necesidad sin procesar, libros, medicamentos o viviendas de protección oficial). Es especialmente útil para autónomos, pequeñas empresas, profesionales y particulares que necesitan calcular rápidamente el desglose de cualquier factura.

¿Cómo se usa?

  1. Elige si quieres añadir IVA (calcular precio final desde la base) o extraer IVA (calcular la base desde el precio total).
  2. Introduce el importe correspondiente.
  3. Selecciona el tipo de IVA: 21 %, 10 % o 4 %.
  4. Pulsa Calcular para ver la base imponible, el importe del IVA y el total.

¿Qué significan los resultados?

Base imponible
El precio del bien o servicio sin impuestos. Es sobre este importe sobre el que se calcula el IVA.
Cuota de IVA
El importe del impuesto que se añade a la base. Es el dinero que el vendedor recauda para Hacienda.
Total (precio con IVA)
Lo que paga el cliente final. Es la suma de base imponible más la cuota de IVA.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se aplica el IVA reducido del 10 %?

El IVA del 10 % se aplica principalmente a: alimentos elaborados (excepto los del 4 %), agua para consumo humano y riego, hostelería y restauración (comida en bares y restaurantes), transporte de viajeros, entradas a espectáculos (cine, teatro, conciertos), servicios de peluquería, obras de construcción y rehabilitación de viviendas, y flores y plantas ornamentales. Si tienes dudas sobre el tipo aplicable a tu actividad, consulta la web de la AEAT o a tu asesor fiscal.

¿Hay productos o servicios exentos de IVA?

Sí. Están exentos de IVA (aunque siguen dentro del sistema) los servicios médicos y sanitarios, la educación reglada, los seguros, las operaciones financieras y bancarias, los servicios postales públicos, el arrendamiento de viviendas para uso residencial, y determinadas actividades culturales. Esta exención significa que el prestador no repercute IVA al cliente, pero tampoco puede deducir el IVA soportado en sus compras.

¿Cómo funciona el IVA para un autónomo?

Un autónomo actúa como recaudador del Estado: cobra el IVA a sus clientes (IVA repercutido) y paga IVA en sus compras y gastos (IVA soportado). Cada trimestre, liquida la diferencia con Hacienda mediante el modelo 303. Si el IVA repercutido supera al soportado, paga la diferencia. Si es al revés, puede pedir la devolución o compensarlo en el siguiente trimestre. Llevar un registro detallado de todas las facturas emitidas y recibidas es obligatorio.

Consejos relacionados

Guarda siempre las facturas de todos tus gastos profesionales. Una factura sin el CIF del emisor o sin el desglose correcto de la base y el IVA no es deducible. Asegúrate de que el proveedor te emita facturas en regla y no simples tickets o recibos.

Si detectas un error en el tipo de IVA aplicado (por ejemplo, un proveedor te cobra el 21 % cuando debería ser el 10 %), solicita una factura rectificativa. Esto es tu derecho y afecta tanto a lo que puedes deducir como a lo que el proveedor debe liquidar con Hacienda.

Desde 2024, el SII (Suministro Inmediato de Información) es obligatorio para empresas con facturación superior a 6 millones de euros. Si tu empresa está en este régimen, debes registrar cada factura en la AEAT en un plazo de 4 días naturales.